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Reforma de la Ley de protección animal: ¿Sí o no?

Después de cuatro meses de debate, se aprobó el dictamen que podría modificar la ley 14.346 sancionada hace 65 años. Numerosas organizaciones y famosos se sumaron a favor y en contra. Te contamos qué dice el proyecto de Ley.
Por Mi Telefe

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Sociedad: Reforma de la Ley de protección animal: ¿Sí o no?

La Ley de protección animal data de 1954. La misma fue pionera en el país, estableciendo la pena de prisión de 15 días a un año a todo aquel que realice actos de crueldad y malos tratos. 

A causa de los innumerables casos de animales  encontrados con signos de violencia, diferentes agrupaciones de protección animal reclaman desde hace años cambios en la ley actual imponiendo penas más duras y poniendo fin a actividades como la tracción a sangre, riñas de gallos, carreras de perros clandestinas, entre otras.

El nuevo dictamen aprobado a mediados de julio que podría modificar la ley despertó opiniones a favor y en contra.

Oponiéndose a la reforma, los famosos se unieron en defensa de los derechos de los animales. Nicole Neumann, Liz Solari, Brenda Asnicar, Brenda Gandini, Cristian Sancho, Juana Viale, entre otros, se sumaron con el hashtag #ReformaVerdadera #NoAlDictamen 

Otros famosos, al contrario, apoyaron el dictamen y pidieron quorum en diputados.

Qué dice la reforma

Las asociaciones animalistas denuncian que algunos de los cambios que se pretenden introducir a la norma “quitan a los animales garantías que ya tienen reconocidas por la ley”. Te contamos cuáles son los principales puntos que recibieron críticas:

1. ARTÍCULO 1º

"Será reprimido con prisión de un (1) mes a dos (2 años) y multa de UNO (1) a CINCUENTA (50) veces el valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del depósito establecido para la interposición del recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a quien por infligiere malos tratos a los animales".

El dictamen establece un aumento en la pena máxima con respecto a la ley original, pero el delito sigue siendo excarcelable.

2. ARTÍCULO 2º "Serán considerados actos de maltrato":

Inciso 1 - "No alimentar en cantidad y calidad suficiente o no hidratar de manera adecuada a los animales domésticos o cautivos salvo en los casos autorizados por autoridad competente, riesgo en la salud o emergencia climática"

Las asociaciones piden claridad a la hora de definir quién sería esa autoridad competente y cuáles serían los casos en que podría decidir no alimentar y/o hidratar a los animales.

Inciso 2 - "Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas".

Este inciso le otorga a los animales capacidades de trabajo que según las agrupaciones no deberían tener. En cuanto a "innecesarios castigos", ¿cuándo son necesarios?

Inciso 3 - "Imponerles jornadas de esfuerzo excesivas o tareas inapropiadas de acuerdo a su especie y aptitud física o emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado".

Los proteccionistas critican el artículo ya que ningún animal debería trabajar.

Inciso 4 - "Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos o suministrarles drogas no autorizadas por la autoridad sanitaria".

Según los asociaciones, este punto autorizaría a que en una competencia, por ejemplo, un caballo pueda ser estimulado con drogas.

Inciso 5 - "Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas".

Se refiere a la tracción a sangre, la cual debería prohibirse más allá del peso que lleven, exceda sus fuerzas o no.

3. Art. 4º "Serán considerados actos de crueldad":

Inciso 1 - "Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello".

Según los especialistas, esta actividad debería prohibirse.

¿Qué hago si me entero de un caso de maltrato o crueldad contra un animal?

Llamá al 911. También podés hacer la denuncia ante:

  • La comisaría más cercana al lugar del hecho
  • En la fiscalía o UFI (Unidad Funcional de Instrucción)
  • En el Juzgado de instrucción